Como dijimos (ver aquí la 1ª parte), a la hora de publicar en la red una imagen de un alumno, además de buscar la tranquilidad jurídica deberíamos procurar otro tipo de tranquilidad: la ética.
La normativa puede regular, los protocolos pueden unificar, los centros pueden organizar, las familias pueden autorizar, pero, ¿acaso no tienen nada que decir los principales protagonistas? Obviamente, creo que sí, y mucho.
Para empezar, dejando a un lado que en una comunidad educativa «hay adultos» (alumnado de más de 18, docentes y otro personal, familiares,…), los alumnos mayores de 14 años ya estarían sujetos a unos condicionantes especiales. Pero aún siendo menores de esa edad, considero que siempre habría que preguntarles su parecer antes de publicar. Al menos, por tres motivos:
1) Por respeto a la personalidad.
Tener un papelorio al respecto firmado por un progenitor autoriza… pero no obliga. Antes de tomar y/o publicar una imagen, deberíamos preguntarnos a nosotros mismos si es necesario (¿se podría difundir el proyecto o la actividad con la misma calidad sin mostrar al menor?). Y también preguntar al propio alumno su opinión al respecto (¿le apetece mostrarse en esa actividad y esa red en concreto?), ya que su imagen es, además de un dato personal, un rasgo fundamental de la propia identidad y de la historia vital de cada uno (¿quién no se ha dejado «un look peculiar» durante la adolescencia, como reflejo de su forma de ver el mundo en ese momento? Sé de alguno que llevaba unas pintas… que tal vez ahora no le hiciese gracia recordar).
Como cualquier otra persona, docentes y alumnos unos días van peripuestos a clase, y otros con lo primero que pillan; unos días están animados, y otros rehuyen el contacto social; unos días tienen ganas de compartir online, y otros de mantener una total aislamiento. No lo olvidemos, empaticemos, e intentemos tenerlo en cuenta.
2) Por el rastro digital que deja.
¿Nos haría gracia que en un par de clics se pudiese acceder a
fotografías de nuestra infancia o juventud, que probablemente ahora estén fuera de nuestro
control? Pues la realidad es que hoy por hoy cuando llegan a adultos muchos niños tienen gran parte de su vida publicada en internet sin haber podido decidir sobre ello. Y esto por las acciones de su círculo familiar y amistoso… ¡y las de sus profesores!
Como todo el mundo debería poder gestionar su huella digital, este aspecto habría que comentarlo con los alumnos en todo caso. Y por cierto, como dijo George Couros recientemente, que se trate de alumnos jóvenes, que tal vez no entiendan en profundidad las implicaciones de difusión de las fotografías (¿lo hacen los adultos?), no debería ser una excusa para no hacerlo, aunque sólo fuese por fomentar el modelado.
3) Por reducir la carga de currículum oculto.
Para contribuir a la educación digital del alumnado, muchos trabajamos en el
aula aspectos como los riesgos de la red, el uso seguro de las TIC, las normas de netiquetta, etc. Pero, como decía, este último es un aspecto más sensible al modelado que a la lección magistral.
Sería hipócrita, y probablemente ineficaz, intentar educar a los chavales en una norma básica de
netiquetta y de seguridad TIC, como la de no publicar datos ni imágenes de otras personas sin su consentimiento… ¡cuando nosotros lo estamos
haciendo delante de ellos! (conste que ojalá fuese esto lo único en lo que nos pudiesen coger en un renuncio). Pues no hay mejor forma de educar que el ejemplo: por tanto, antes de publicar, pregunta tu también
Concluyendo, la autorización legal sería un paso previo, pero no definitivo para considerar la publicación de imágenes del alumnado en internet. Las decisiones deberían tener también un componente moral y una intencionalidad educativa. O al menos intentarlo.
Cita de J.Casas por George Couros. En The principal of change.
Captura de la presentación flash de Netiquétate.
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